MedTempus

Blog de Medicina
  • rss
  • Inicio
  • Autora
  • Blogs
  • MedTempus
  • Email

Herbolarios: El coqueteo diario con la ilegalidad

Shora | 3 Marzo, 2010 | 12:46 pm

Herbolario ambulante En casi cualquier feria que se precie, entre los distintos puestos de joyas de fantasía, ropa artesanal y tómbolas vendiendo Wiii de Nintondo, encontramos a los tradicionales herbolarios ambulantes. Repletos de sacos con distintas hierbas y rotuladas para cientos de indicaciones: Reuma, dolor, estrés, estreñimiento, hipertensión, impotencia… Pocas son las dolencias que se quedan sin tratar por estas maravillosas hierbas que se llevan de aquí para allá, de feria en feria.

Pese a la permisividad social ante las prácticas de herbolarios ambulantes lo cierto es que estas prácticas están catalogadas como ilegales en la ley del Medicamento (25/1990), concretamente en el artículo 42 sobre las plantas medicinales donde se dice:

3. Podrán venderse libremente al público las plantas tradicionalmente consideradas como medicinales que se ofrezcan sin referencia a propiedades terapéuticas, diagnósticas o preventivas quedando prohibida su venta ambulante.

Leer el artículo completo »

Comentarios
86 Comentarios »
Categorías
Farmacología, Legal, Salud Pública
Tags
fármacos, ley, medicamentos, plantas medicinales
Comentarios RSS Comentarios RSS
Trackback Trackback

La dama y la muerte: Una reflexión sobre el encarnizamiento terapéutico

Shora | 21 Febrero, 2010 | 7:14 pm

El corto de animación 3D “La Dama y la muerte“ ha resultado ser una agradable sorpresa. Creado por españoles, no sólo ha sido bien recibido por el público sino también por la crítica. Tanto es así que ha resultado ser ganadora de un Goya y está nominada a los Oscars en la categoría de corto animado.

El mensaje del vídeo resulta atípico, casi contradictorio con lo que estamos acostumbrados a ver: La muerte es siempre el archienemigo a combatir, los médicos son los héroes y la muerte de una persona es algo a evitar a toda costa y a cualquier precio. Sin embargo, en este vídeo encontramos una situación totalmente diferente. La dama siente que ha llegado su hora y lo acepta con tranquilidad, hasta que una reanimación cardíaca le aparta de su destino y así comienza una encarnizada lucha terapéutica por mantener su vida un poco más sin tener en cuenta lo más mínimo su opinión.

En nuestra sociedad, pese a que todos vamos a morir más tarde o más temprano, la muerte casi siempre es percibida como un fracaso y un tema tabú. Por eso mismo, las voluntades anticipadas o testamento vital, ese documento por escrito que nos permite decidir sobre nuestro final cuando no seamos capaces de expresarlo por nosotros mismos, es una manera de garantizar nuestra voluntad ajena a esa percepción de fracaso y evitar un desenlace no elegido por nosotros. Porque tan importante es estar sano como tener una muerte digna acorde con nuestros deseos cuando llegue nuestra hora.

El día que la muerte deje de considerarse un fracaso, las personas tendrán la libertad para decidir pasar sus últimos días en otro lugar que no sea un hospital, como en la intimidad del hogar, en compañía de la familia.

A continuación, pueden ver el vídeo, tanto en su versión en alta calidad (en The Lady and the Reaper) como por Youtube:

Comentarios
16 Comentarios »
Categorías
Legal, Videos
Tags
animación, muerte
Comentarios RSS Comentarios RSS
Trackback Trackback

La “amenaza” de la Universidad de Navarra

Shora | 17 Diciembre, 2009 | 10:56 am

Muñequitos Hace dos días, ante la inminente aprobación de la reforma de la ley del aborto, la Universidad de Navarra (perteneciente a la secta del Opus Dei, para más señas) lanzó una ¿amenaza? dejando muy claro que ellos se guían y actúan por y para su doctrina y les importa poco las que tengan sus pacientes y alumnos:

La Universidad de Navarra se niega a enseñar a hacer abortos [...] La declaración recoge la oposición de la Universidad de Navarra a “solucionar la tragedia de un embarazo indeseado con la tragedia superior del aborto” y su negativa a “incorporar las técnicas abortivas a los contenidos de la educación”.

Al llegar a este párrafo no pude evitar la risa floja. A la población general les podrán colar el farol, pero a los estudiantes de medicina y a los que somos médicos sabemos que la amenaza tiene la misma fuerza que si hubieran dicho “Ahora nos enfadamos y no respiramos”. ¿Por qué?

Leer el artículo completo »

Comentarios
44 Comentarios »
Categorías
Cosas de Médicos, Legal, Noticias
Tags
aborto, médicos, religión
Comentarios RSS Comentarios RSS
Trackback Trackback

Anuncio por la dignidad en la muerte

Shora | 13 Diciembre, 2009 | 11:24 pm
Rosa María Allende 1952-2009 Murió finalmente después de haber sido mantenida viva por máquinas durante 4 años con un coste de cientos de miles de dólares que podrían haber ayudado a encontrar una cura para la enfermedad que sufría.

Anuncio dignidad en la muerte

Así puede leerse en una lápida imaginaria de la campaña de Dignity in death (dignidad en la muerte), un grupo canadiense cuyo deseo es la concienciación sobre la muerte digna y la eutanasia voluntaria. En fin, podrían haber estado más acertados y ofrecer alguna razón ética y humana en lugar de la económica para criticar el encarnizamiento terapéutico. Aún así, sin duda es anuncio que invita a la reflexión independientemente de nuestra postura al respecto.

Web del anuncio: Dignity in death: Rosa María

Visto gracias a Menéame.

Comentarios
2 Comentarios »
Categorías
Anuncios, Legal
Tags
encarnizamiento, eutanasia, muerte digna
Comentarios RSS Comentarios RSS
Trackback Trackback

Los certificados médicos más absurdos

Shora | 12 Diciembre, 2009 | 11:17 pm

BurocraciaDesde fuera, la labor del médico suele ser percibida con una visión muy romántica (en algunos casos particulares, también satánica): El galeno atiende al paciente, charla con él para deducir un diagnóstico, pide algunas pruebas si hacen falta, le pauta un tratamiento y, si es necesario, se hace un seguimiento. Así es, en teoría y en general, el día a día del médico. Sin embargo, pocas personas fuera del ámbito sanitario se dan cuenta de que prácticamente todos los pasos anteriores van acompañados de sus correspondientes papeleos. De hecho, a no pocos les sorprenderá el siguiente dato: ¿Sabían que, de media, un 33% del tiempo del médico de cabecera en España lo dedica a la burocracia cuando usted acude a consulta?

Leer el artículo completo »

Comentarios
26 Comentarios »
Categorías
Cosas de Médicos, General, Legal
Tags
documentos, médicos

La Ley del Aborto: Esa ley chapucera…

Shora | 29 Noviembre, 2007 | 11:49 pm

A raíz de las noticias recientes de abortos ilegales en Barcelona, y a la vista de algunas preguntas realizadas en los comentarios en el blog, voy a tratar de explicar la realidad teórica y práctica de la actual ley del aborto en España. Como suele suceder en nuestro picaresco país, la teoría se queda muchas veces en el papel, con ese complejo y pedante lenguaje legal que tanta pereza da de leer, y la realidad resulta ser una bien distinta.

Según la actual ley del aborto, existen sólo tres supuestos casos en los que el aborto (la interrupción voluntaria del embarazo) es legal. Estos tres supuestos a su vez quedan restringidos en unos tiempos de embarazo límites. Son los siguientes.

Violación: Si el feto es consecuencia de una violación, el aborto es legal hasta la semana 12.

Graves defectos físicos y psíquicos del feto: Si se comprueba que el feto posee estos defectos (por ejemplo: Un síndrome de Down) es legal abortar hasta la semana 22.

Grave riesgo para la salud física y psíquica de la madre: Es legal abortar en cualquier momento.

También cabe mencionar que el aborto legal sólo puede ser realizado por un médico, en un centro acreditado.

En el Ministerio de Sanidad y Consumo tienen los supuestos más desarrollados.

Así pues, ante estos supuestos, no sólo el aborto pasa a ser legal, sino que es un derecho de la mujer que puede exigir. Lo que ocurre en la realidad es que muchos médicos alegan objeción de conciencia (sobre todo en centros públicos) y más del 90% de mujeres realizan el aborto en centros privados. Si el embarazo supone un riesgo para la vida de la mujer, no hay lugar para la objeción de conciencia, de ser así, la no actuación sería denunciable.

¿Qué tenemos en la realidad?

Primero: Que, o bien los médicos en la sanidad pública no ofrecen el aborto por objección de conciencia o bien no pueden ofrecerlo por presiones desde arriba. Un caso claramente llamativo es el de Navarra donde el Opus Dei campa libre y los médicos son denunciados por abortos legales (sí, han oído bien, legales) o bien se toman represalias en cuanto a su trabajo como tengan la “osadía” de realizar un aborto legal. Si alguien quiere abortar en Navarra, o se tiene que ir fuera o se tiene que ir a una privada. Y aunque esta comunidad sea el caso más llamativo, ocurre en menor medida en otras.

Segundo: El comodín del “grave riesgo psíquico para la madre” vale para todo (entra dentro de “riesgo para salud materna”). De hecho, (aquí tienen las gráficas) más del 96% de las mujeres se acogen a este supuesto para abortar, por supuesto, en una clínica privada. A efectos prácticos, casi ni se realizan abortos en los supuestos de violación, defectos físicos y psíquicos graves del feto, ni tampoco riesgos físicos para la madre. Y no porque no se tiendan a hacer, sino porque (evidentemente) no hay muchos embarazos frutos de violación y tampoco hay una frecuencia muy elevada de defectos físicos y psíquicos detectables a tiempo.

La chapuza de la ley está en no definir correctamente “riesgo psíquico para la madre” porque ahí se meten todas las que quieren abortar en cualquier momento del embarazo y alegan problemas psíquicos de diversa índole, la mayoría de las veces inventados. Y claro, como quién lo valora es del mismo centro de salud privado que donde se realiza, no hay problema. Eso sí, mientras no sea un embarazo ya de mucho tiempo, porque si no surgen los problemillas que estamos viendo ahora por la tele. ¿Se alarman ahora de la falsificación de datos psiquiátricos? Si eso se hace de serie en muchos sitios, el error de la clínica de Barcelona ha sido su avaricia, que ha roto el saco, al aplicar también abortos en embarazos de fechas ya muy tardías. Pero valorar “psiquiátricamente” a una mujer para que el aborto sea a la carta, está a la orden del día. No hace falta ser un lumbreras para saber que la amplia mayoría de mujeres que se acogen al “grave riesgo psíquico” no tienen realmente graves riesgos psíquicos.

Tercero: Otra cosa, que en ningún sitio se mencionan. ¿Sabían que sólo la mujer puede realizar un aborto legal si es mayor de edad? Una menor de edad embarazada, no puede acogerse a los supuestos legales a no ser que lo confirmen los padres o tutores legales. Esto, que en principio no resulta muy llamativo, sí lo es cuando tenemos en cuenta que a partir de los 13 años ya puede consentir relaciones sexuales (si no media engaño). No es por nada, pero las relaciones sexuales a veces llevan a embarazos y en menores más y no deseados. ¿Se permite legalmente la relación sexual a partir de los 13 y cuando sucede el embarazo ya no puede decidir? ¿No es eso separar legalmente algo que ha ido siempre unido como son las relaciones sexuales y el embarazo? Menores en España: Libres para tener relaciones sexuales, pero no para decidir sobre su embarazo.

Está muy bien eso de hacer supuestos con tiempos concretos y situaciones determinadas. Pero cuando se quedan vías libres como “graves defectos psíquicos” y la realidad se impone, llegamos a una sencilla conclusión: La ley del aborto es una chapuza porque da pie al amparo de cualquier forma de aborto e, irónicamente, casi sólo puede realizarse este derecho en una clínica privada y no en una pública. Un derecho que no es derecho y una ley, que pretendía restringir, y que en realidad se utiliza para amparar todo.

Comentarios
31 Comentarios »
Categorías
Legal

¿Tenemos claro lo que es el aborto?

Shora | 19 Noviembre, 2007 | 9:12 pm

Feto Aborto sí, aborto no. Un tema recurrente y polémico en nuestra sociedad (y en muchas otras) pero sobre el cual hay mucha confusión e ideas equivocadas al respecto. Entre las religiones que dicen una cosa, los médicos otra, la ley y la OMS otro tanto, se crea un cacao mental colectivo que no hace sino arrojar dudas y que mucha gente defienda su postura en base a datos erróneos. Y no me estoy refiriendo al plano ético (donde se puede discutir largo y tendido) sino sobre los hechos objetivos del aborto en sí mismo y el amparo legal que recibe en nuestro país.

Comencemos primero por lo más básico: ¿Qué es el aborto? La definición más clásica y extendida es que el aborto consiste en la interrupción del embarazo antes de que el producto de la concepción (embrión o feto) sea viable y pueda sobrevivir en el ambiente externo por lo cual se produce su muerte. Aquí debemos diferenciar aquellos que se producen de forma espontánea de aquellos que son provocados, que son de los cuales hablaremos.

Pero aún debemos hilar más fino y es que no sólo es importante definir aborto, sino definir qué es embarazo, porque es la madre del cordero de todo este asunto como ahora comprobarán. A efectos científicos y médicos, un embarazo comienza (lógicamente) con la fecundación, es decir, con la unión del óvulo y el espermatozoide formando el zigoto. Pues esto, que puede resultar tan obvio, no lo es y la Organización Mundial de la Salud (OMS) tiene su propia definición de embarazo, que no coincide con la médica. Según la definición de la OMS el embarazo comienza con la implantación del cigoto en la pared del útero y todo lo anterior no consiste todavía en un embarazo.

Las definiciones de la OMS, todo sea dicho, suelen ser a veces un tanto “peculiares” pero el hecho de que el término de embarazo sea tan diferente al científico/médico llama poderosamente la atención y aún más si tenemos en cuenta que esa definición no era la original sino que fue redefinida en 1970. ¿Por qué esa divergencia tan llamativa?

Lo que la OMS pretendía con esa nueva definición era restringir el término de aborto y con ello el de abortivos. En el momento en que defines que un embarazo comienza con la implantación, automáticamente buena parte de métodos anticonceptivos-abortivos dejan de ser abortivos, porque alteran precisamente eso, la implantación. Como no llega a tener lugar no son abortivos. Un ejemplo clásico de esto es la píldora del día después. Puede funcionar como anticonceptiva, si actúa antes de que se dé la fecundación o como abortiva (según términos médicos), si la fecundación ya se ha producido y lo que hace es evitar la implantación.

La intención de la OMS desde el principio ha sido llevar allá donde pueda métodos para mejorar la salud y también la planificación familiar. Si tú vas a un país subdesarrollado (con fuertes convicciones religiosas) diciendo que tu método es abortivo, nadie va a querer utilizarlo. Así que el cambio de definición fue un paso adelante para que se fueran aplicando y la población lo viera con otros ojos. Ya ven lo que hace una simple palabra, cuando se convierte en tabú.

Claro, ante esa variedad de definición de aborto y embarazo ocurre que se crean diálogos de besugos. Donde uno dice que es abortivo y el otro dice que no, y los dos tienen y no tienen razón, según la definición que hayan tomado.

Entre que unos se agarran a la definición de embarazo de la OMS como un clavo ardiendo y otros se agarran a la definición científica/médica, poco se llega a sacar de la conversación cuando no se define de primeras en qué basan.

A mí, si me preguntan, antes de llamar a la píldora del día después abortiva, no abortiva, mariflower o como puñetas quieran llamarla, lo importante es describir qué es lo que hace, para no dar lugar a dudas. Y si a alguien le parece o no ético evitar una implantación de un óvulo fecundado será una postura personal de cada uno. Pero achacarlo como malo o bueno según si se le llama abortivo o no es algo infantil y de mente obtusa. Y precisamente como eso es lo que abunda, la OMS redefinió lo que es un embarazo.

Comentarios
25 Comentarios »
Categorías
Legal, Obstetricia

En España TODOS somos Donantes

Shora | 10 Septiembre, 2007 | 11:20 am

Donación Si hubiera tenido que contar las veces que he oído cosas como “Me voy a hacer donante, cuando muera quiero que mi cuerpo sirva a otras personas” o las veces que he visto campañas del estilo “Hazte Donante (Post-mortem)” creo que hubiera perdido la cuenta al poco de empezar. Y es que se trata de un error muy extendido. Ya sea por falta de información a la población por parte de quiénes crean y aplican las leyes, como por parte de las autoridades sanitarias, un gran porcentaje de esta población aún no sabe que, por ley, es donante de órganos.

¿Y esto qué significa? ¿Que estamos obligados, por ley, a ser donantes? No, tranquilos, la cosa no funciona así. Quien le tenga cariño y apego a sus vísceras más queridas, simplemente tiene que manifestar en vida que se opone a ser donante de órganos (bien hablándolo, bien dejándolo por escrito) para que te dejen el cuerpo intacto y la madre naturaleza junto a su agradable putrefacción se encarguen del trabajo o, en su defecto, las intensas llamas del crematorio.

Es lo que se llama consentimiento presunto. Es decir, todos por defecto (ustedes, yo, la vecina del sexto y el borracho de turno que se pone a gritar todas las madrugadas – bueno, éste último, el hígado no podría donarlo-…) somos donantes porque se supone que hemos dado nuestro consentimiento. Por lo que la única forma de anular este consentimiento es expresar en vida que no quieres ser donante.

Así pues, todas esas campañas de “Hazte donante” en España son bastante inútiles. Porque sirven para confirmar algo que ya está confirmado, que eres donante. Es como si un día de estos hicieran campañas de “Hazte ser humano”.

Pero bueno, ahora aclarado el asunto principal. ¿Qué pasaría si una persona muere y se quiere extraer sus órganos pero la familia no quiere? Pues, lo crean o no, aunque los familiares estén en contra, el médico puede seguir adelante con la extracción de órganos. Claro que esto crea una situación tensa, desagradable y nada deseable en la relación médico-familiares del paciente. Por lo que se trata de hablar razonadamente con la familia para que vean con buenos ojos la donación. Básicamente para que queden conformes porque, les guste o no, su decisión no cuenta legalmente. Según el médico, habrá quién siga adelante o habrá quién acepte la decisión de la familia, eso ya entra en el terreno de lo ético y no de lo legal.

Actualmente, la política es la de ir normalmente a favor de los deseos de la familia. Lo que se trata es de darle un ambiente solidario al tema de la donación de órganos, no de imposición. Lo último sin duda tendría como resultado una percepción más negativa de este proceso y mucha gente en vida rechazaría ser donante en muerte.

Ahora seguramente se estarán preguntando por qué si todos somos donantes de por ley, no se hacen extracciones de órganos a cada momento. En realidad, deben cumplirse o son deseables una serie de circunstancias en la muerte y del propio paciente para que sea apto para la donación. Debe ser joven, sano, que no se le conozcan enfermedades infecciosas ni de otro tipo, que la muerte no haya perjudicado los órganos, que no haya transcurrido un determinado tiempo tras la muerte lo que provocaría el daño de los tejidos, que se dispongan de los recursos, material y personal necesario para la extracción, que sea compatible con alguno de los receptores…

Así pues, cuando se paren a pensar por qué España es uno de los países con más donaciones por habitantes tengan en cuenta que, a parte de la solidaridad postmortem de sus individuos, se debe a una de las leyes más progresistas del mundo en cuanto a donación de órganos se refiere. Lo que, por otro lado, ayuda a que aquí no veamos tráfico de órganos, como ocurre en otros países.

Actualización: Por si quieren echarle un vistazo, aquí esta la ley:

Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

En el párrafo:

  • 3 . Las personas presumiblemente sanas que falleciesen en accidente o como consecuencia ulterior de éste se considerarán, asimismo, como donantes, si no consta oposición expresa del fallecido. A tales efectos debe constar la autorización del Juez al que corresponda el conocimiento de la causa, el cual deberá concederla en aquellos casos en que la obtención de los órganos no obstaculizare la instrucción del sumario por aparecer debidamente justificadas las causas de la muerte.
Comentarios
75 Comentarios »
Categorías
Legal, Salud Pública
Página 1 de 212»

Shora

Shora

Búsqueda

Suscripción FeedBurner

FeedBurner

Contacto

Twitter Facebook

Suscripción RSS

Suscripción RSSSuscripción RSS

Suscripción ComentariosComentarios RSS

Suscripción Email

Introduzca su email:

Últimos comentarios

  • Mar : Vamos a ver: me parece que a pesar de alardear de ello, tenéis en general, muy poco espíritu científico. Si...
  • jesus : @ultracuerpo: Yo soy partidario de dejarlos que campen a sus anchas y cuando tengan alguna enfermedad...
  • jesus : @Adrian: “despues de 5 años, el 90% de los pacientes con cancer de pulmón están muertos”. Exacto, el 90%....
  • Drástico : Sería fácil evitar tanta polémica estéril. Se incorpora, en la tarjeta de la seguridad social de cada...
  • Tall & Cute : Parece que a ti también te va la marcha. Si quieres te mando algún cuentagotas más que pulula por...

Alojamiento gracias a:

FeSalud

Revista eSalud

Web médica acreditada

Nosotros subscribimos Los Principios del código HONcode de la Fundación Salud en la Red Nosotros subscribimos los Principios del código HONcode.
Compruébelo aquí.

Categorías

Archivo

Últimos artículos

  • Las fuentes fantasmas de “La homeopatía, ¿quimera o ciencia?”
  • Herbolarios: El coqueteo diario con la ilegalidad
  • Casos extraños: El escroto encantado y el tórax bendecido
  • El hombre: Un palacio industrial
  • La evidencia científica tras los alimentos y complementos dietéticos más populares
  • Las 10 medicinas alternativas actuales más delirantes
  • La dama y la muerte: Una reflexión sobre el encarnizamiento terapéutico

Blogs Ciencia

  • Ciencia de Bolsillo
  • Ciencia en el XXI
  • El bacilo sutil
  • El fondo del asunto
  • Física en la ciencia ficción
  • Historias de la Ciencia
  • La ciencia es bella
  • La ciencia y sus demonios
  • La pulga snob
  • Magonia
  • Mala Ciencia
  • Nosololinux
  • Sonicando
  • Tall & Cute
  • Tecnología Obsoleta

Blogs Medicina

  • Análisis Clínicos
  • El blog de la Dra Jomeini
  • El Supositorio
  • La pella de gofio del Doctor Bonis
  • Medgadget
  • Medycine
  • Mondo Medico
  • Ocularis
  • Per ardua ad astra
  • Reflepsiones
  • Somos medicina
  • Street Anatomy

Imprescindibles

  • ARP-SAPC
  • Soitu
  • Urban Dictionary
  • Wikipedia
  • WordReference

Medicina

  • Diario Médico
  • Medline
  • NCBI

Weblogs

  • Amarok5
  • Anfrix
  • El Horno de Su
  • El Predicador Malvado
  • Las penas del Agente Smith
  • SigT

Publicidad

  • Costa Dorada
  • CA Back Injury Lawyers
  • Cheap Life Insurance
  • Drug and Alcohol Rehabilitation Programs
  • Health Insurance Quotes
  • Treadmill
  • Asbestos Cancer
Hispaciencia Creative Commons License