La Ley del Aborto: Esa ley chapucera…

29 11 2007

A raíz de las noticias recientes de abortos ilegales en Barcelona, y a la vista de algunas preguntas realizadas en los comentarios en el blog, voy a tratar de explicar la realidad teórica y práctica de la actual ley del aborto en España. Como suele suceder en nuestro picaresco país, la teoría se queda muchas veces en el papel, con ese complejo y pedante lenguaje legal que tanta pereza da de leer, y la realidad resulta ser una bien distinta.

Según la actual ley del aborto, existen sólo tres supuestos casos en los que el aborto (la interrupción voluntaria del embarazo) es legal. Estos tres supuestos a su vez quedan restringidos en unos tiempos de embarazo límites. Son los siguientes.

Violación: Si el feto es consecuencia de una violación, el aborto es legal hasta la semana 12.

Graves defectos físicos y psíquicos del feto: Si se comprueba que el feto posee estos defectos (por ejemplo: Un síndrome de Down) es legal abortar hasta la semana 22.

Grave riesgo para la salud física y psíquica de la madre: Es legal abortar en cualquier momento.

También cabe mencionar que el aborto legal sólo puede ser realizado por un médico, en un centro acreditado.

En el Ministerio de Sanidad y Consumo tienen los supuestos más desarrollados.

Así pues, ante estos supuestos, no sólo el aborto pasa a ser legal, sino que es un derecho de la mujer que puede exigir. Lo que ocurre en la realidad es que muchos médicos alegan objeción de conciencia (sobre todo en centros públicos) y más del 90% de mujeres realizan el aborto en centros privados. Si el embarazo supone un riesgo para la vida de la mujer, no hay lugar para la objeción de conciencia, de ser así, la no actuación sería denunciable.

¿Qué tenemos en la realidad?

Primero: Que, o bien los médicos en la sanidad pública no ofrecen el aborto por objección de conciencia o bien no pueden ofrecerlo por presiones desde arriba. Un caso claramente llamativo es el de Navarra donde el Opus Dei campa libre y los médicos son denunciados por abortos legales (sí, han oído bien, legales) o bien se toman represalias en cuanto a su trabajo como tengan la “osadía” de realizar un aborto legal. Si alguien quiere abortar en Navarra, o se tiene que ir fuera o se tiene que ir a una privada. Y aunque esta comunidad sea el caso más llamativo, ocurre en menor medida en otras.

Segundo: El comodín del “grave riesgo psíquico para la madre” vale para todo (entra dentro de “riesgo para salud materna”). De hecho, (aquí tienen las gráficas) más del 96% de las mujeres se acogen a este supuesto para abortar, por supuesto, en una clínica privada. A efectos prácticos, casi ni se realizan abortos en los supuestos de violación, defectos físicos y psíquicos graves del feto, ni tampoco riesgos físicos para la madre. Y no porque no se tiendan a hacer, sino porque (evidentemente) no hay muchos embarazos frutos de violación y tampoco hay una frecuencia muy elevada de defectos físicos y psíquicos detectables a tiempo.

La chapuza de la ley está en no definir correctamente “riesgo psíquico para la madre” porque ahí se meten todas las que quieren abortar en cualquier momento del embarazo y alegan problemas psíquicos de diversa índole, la mayoría de las veces inventados. Y claro, como quién lo valora es del mismo centro de salud privado que donde se realiza, no hay problema. Eso sí, mientras no sea un embarazo ya de mucho tiempo, porque si no surgen los problemillas que estamos viendo ahora por la tele. ¿Se alarman ahora de la falsificación de datos psiquiátricos? Si eso se hace de serie en muchos sitios, el error de la clínica de Barcelona ha sido su avaricia, que ha roto el saco, al aplicar también abortos en embarazos de fechas ya muy tardías. Pero valorar “psiquiátricamente” a una mujer para que el aborto sea a la carta, está a la orden del día. No hace falta ser un lumbreras para saber que la amplia mayoría de mujeres que se acogen al “grave riesgo psíquico” no tienen realmente graves riesgos psíquicos.

Tercero: Otra cosa, que en ningún sitio se mencionan. ¿Sabían que sólo la mujer puede realizar un aborto legal si es mayor de edad? Una menor de edad embarazada, no puede acogerse a los supuestos legales a no ser que lo confirmen los padres o tutores legales. Esto, que en principio no resulta muy llamativo, sí lo es cuando tenemos en cuenta que a partir de los 13 años ya puede consentir relaciones sexuales (si no media engaño). No es por nada, pero las relaciones sexuales a veces llevan a embarazos y en menores más y no deseados. ¿Se permite legalmente la relación sexual a partir de los 13 y cuando sucede el embarazo ya no puede decidir? ¿No es eso separar legalmente algo que ha ido siempre unido como son las relaciones sexuales y el embarazo? Menores en España: Libres para tener relaciones sexuales, pero no para decidir sobre su embarazo.

Está muy bien eso de hacer supuestos con tiempos concretos y situaciones determinadas. Pero cuando se quedan vías libres como “graves defectos psíquicos” y la realidad se impone, llegamos a una sencilla conclusión: La ley del aborto es una chapuza porque da pie al amparo de cualquier forma de aborto e, irónicamente, casi sólo puede realizarse este derecho en una clínica privada y no en una pública. Un derecho que no es derecho y una ley, que pretendía restringir, y que en realidad se utiliza para amparar todo.

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¿Tenemos claro lo que es el aborto?

19 11 2007

Feto Aborto sí, aborto no. Un tema recurrente y polémico en nuestra sociedad (y en muchas otras) pero sobre el cual hay mucha confusión e ideas equivocadas al respecto. Entre las religiones que dicen una cosa, los médicos otra, la ley y la OMS otro tanto, se crea un cacao mental colectivo que no hace sino arrojar dudas y que mucha gente defienda su postura en base a datos erróneos. Y no me estoy refiriendo al plano ético (donde se puede discutir largo y tendido) sino sobre los hechos objetivos del aborto en sí mismo y el amparo legal que recibe en nuestro país.

Comencemos primero por lo más básico: ¿Qué es el aborto? La definición más clásica y extendida es que el aborto consiste en la interrupción del embarazo antes de que el producto de la concepción (embrión o feto) sea viable y pueda sobrevivir en el ambiente externo por lo cual se produce su muerte. Aquí debemos diferenciar aquellos que se producen de forma espontánea de aquellos que son provocados, que son de los cuales hablaremos.

Pero aún debemos hilar más fino y es que no sólo es importante definir aborto, sino definir qué es embarazo, porque es la madre del cordero de todo este asunto como ahora comprobarán. A efectos científicos y médicos, un embarazo comienza (lógicamente) con la fecundación, es decir, con la unión del óvulo y el espermatozoide formando el zigoto. Pues esto, que puede resultar tan obvio, no lo es y la Organización Mundial de la Salud (OMS) tiene su propia definición de embarazo, que no coincide con la médica. Según la definición de la OMS el embarazo comienza con la implantación del cigoto en la pared del útero y todo lo anterior no consiste todavía en un embarazo.

Las definiciones de la OMS, todo sea dicho, suelen ser a veces un tanto “peculiares” pero el hecho de que el término de embarazo sea tan diferente al científico/médico llama poderosamente la atención y aún más si tenemos en cuenta que esa definición no era la original sino que fue redefinida en 1970. ¿Por qué esa divergencia tan llamativa?

Lo que la OMS pretendía con esa nueva definición era restringir el término de aborto y con ello el de abortivos. En el momento en que defines que un embarazo comienza con la implantación, automáticamente buena parte de métodos anticonceptivos-abortivos dejan de ser abortivos, porque alteran precisamente eso, la implantación. Como no llega a tener lugar no son abortivos. Un ejemplo clásico de esto es la píldora del día después. Puede funcionar como anticonceptiva, si actúa antes de que se dé la fecundación o como abortiva (según términos médicos), si la fecundación ya se ha producido y lo que hace es evitar la implantación.

La intención de la OMS desde el principio ha sido llevar allá donde pueda métodos para mejorar la salud y también la planificación familiar. Si tú vas a un país subdesarrollado (con fuertes convicciones religiosas) diciendo que tu método es abortivo, nadie va a querer utilizarlo. Así que el cambio de definición fue un paso adelante para que se fueran aplicando y la población lo viera con otros ojos. Ya ven lo que hace una simple palabra, cuando se convierte en tabú.

Claro, ante esa variedad de definición de aborto y embarazo ocurre que se crean diálogos de besugos. Donde uno dice que es abortivo y el otro dice que no, y los dos tienen y no tienen razón, según la definición que hayan tomado.

Entre que unos se agarran a la definición de embarazo de la OMS como un clavo ardiendo y otros se agarran a la definición científica/médica, poco se llega a sacar de la conversación cuando no se define de primeras en qué basan.

A mí, si me preguntan, antes de llamar a la píldora del día después abortiva, no abortiva, mariflower o como puñetas quieran llamarla, lo importante es describir qué es lo que hace, para no dar lugar a dudas. Y si a alguien le parece o no ético evitar una implantación de un óvulo fecundado será una postura personal de cada uno. Pero achacarlo como malo o bueno según si se le llama abortivo o no es algo infantil y de mente obtusa. Y precisamente como eso es lo que abunda, la OMS redefinió lo que es un embarazo.

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En España TODOS somos Donantes

10 09 2007

Donación Si hubiera tenido que contar las veces que he oído cosas como “Me voy a hacer donante, cuando muera quiero que mi cuerpo sirva a otras personas” o las veces que he visto campañas del estilo “Hazte Donante (Post-mortem)” creo que hubiera perdido la cuenta al poco de empezar. Y es que se trata de un error muy extendido. Ya sea por falta de información a la población por parte de quiénes crean y aplican las leyes, como por parte de las autoridades sanitarias, un gran porcentaje de esta población aún no sabe que, por ley, es donante de órganos.

¿Y esto qué significa? ¿Que estamos obligados, por ley, a ser donantes? No, tranquilos, la cosa no funciona así. Quien le tenga cariño y apego a sus vísceras más queridas, simplemente tiene que manifestar en vida que se opone a ser donante de órganos (bien hablándolo, bien dejándolo por escrito) para que te dejen el cuerpo intacto y la madre naturaleza junto a su agradable putrefacción se encarguen del trabajo o, en su defecto, las intensas llamas del crematorio.

Es lo que se llama consentimiento presunto. Es decir, todos por defecto (ustedes, yo, la vecina del sexto y el borracho de turno que se pone a gritar todas las madrugadas - bueno, éste último, el hígado no podría donarlo-…) somos donantes porque se supone que hemos dado nuestro consentimiento. Por lo que la única forma de anular este consentimiento es expresar en vida que no quieres ser donante.

Así pues, todas esas campañas de “Hazte donante” en España son bastante inútiles. Porque sirven para confirmar algo que ya está confirmado, que eres donante. Es como si un día de estos hicieran campañas de “Hazte ser humano”.

Pero bueno, ahora aclarado el asunto principal. ¿Qué pasaría si una persona muere y se quiere extraer sus órganos pero la familia no quiere? Pues, lo crean o no, aunque los familiares estén en contra, el médico puede seguir adelante con la extracción de órganos. Claro que esto crea una situación tensa, desagradable y nada deseable en la relación médico-familiares del paciente. Por lo que se trata de hablar razonadamente con la familia para que vean con buenos ojos la donación. Básicamente para que queden conformes porque, les guste o no, su decisión no cuenta legalmente. Según el médico, habrá quién siga adelante o habrá quién acepte la decisión de la familia, eso ya entra en el terreno de lo ético y no de lo legal.

Actualmente, la política es la de ir normalmente a favor de los deseos de la familia. Lo que se trata es de darle un ambiente solidario al tema de la donación de órganos, no de imposición. Lo último sin duda tendría como resultado una percepción más negativa de este proceso y mucha gente en vida rechazaría ser donante en muerte.

Ahora seguramente se estarán preguntando por qué si todos somos donantes de por ley, no se hacen extracciones de órganos a cada momento. En realidad, deben cumplirse o son deseables una serie de circunstancias en la muerte y del propio paciente para que sea apto para la donación. Debe ser joven, sano, que no se le conozcan enfermedades infecciosas ni de otro tipo, que la muerte no haya perjudicado los órganos, que no haya transcurrido un determinado tiempo tras la muerte lo que provocaría el daño de los tejidos, que se dispongan de los recursos, material y personal necesario para la extracción, que sea compatible con alguno de los receptores…

Así pues, cuando se paren a pensar por qué España es uno de los países con más donaciones por habitantes tengan en cuenta que, a parte de la solidaridad postmortem de sus individuos, se debe a una de las leyes más progresistas del mundo en cuanto a donación de órganos se refiere. Lo que, por otro lado, ayuda a que aquí no veamos tráfico de órganos, como ocurre en otros países.

Actualización: Por si quieren echarle un vistazo, aquí esta la ley:

Ley 30/1979, de 27 de octubre, sobre extracción y trasplante de órganos.

En el párrafo:

  • 3 . Las personas presumiblemente sanas que falleciesen en accidente o como consecuencia ulterior de éste se considerarán, asimismo, como donantes, si no consta oposición expresa del fallecido. A tales efectos debe constar la autorización del Juez al que corresponda el conocimiento de la causa, el cual deberá concederla en aquellos casos en que la obtención de los órganos no obstaculizare la instrucción del sumario por aparecer debidamente justificadas las causas de la muerte.
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Mafalda descubre los Derechos del Paciente de la Comunidad Valenciana

7 08 2007

Click para ampliar:

Mafalda

Por si alguien siente curiosidad sobre los Derechos e Información al Paciente de la Comunidad Valenciana, aquí tiene la ley al completo. Básicamente es una “matización” de la Ley General de Sanidad del Estado. Cada comunidad hace la suya, aunque suelen coincidir en lo básico (y en lo idealista). Por lo que el “derecho a una habitación individual” aparecerá en más comunidades.

Cuando he visto esta viñeta de Mafalda, no lo he podido evitar. Con permiso del gran Quino.

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Los padres que mantienen a su hija como una eterna niña

4 01 2007

Ashley Acabo de leerlo y me he quedado sin palabras.

La noticia aquí: Parents defend decision to keep girl a child

La traducción:

Se llama Ashley y es una pequeña niña que jamás crecerá.

Antes del día de Año nuevo, ni siquiera se conocía su primer nombre. Ashley era un caso sin rostro, citado en un artículo por dos doctores del Hospital Infantil de Seattle que nombraron un tratamiento tan radical que trajo consigo alegatos de “eugenesia”, de crear un Frankenstein del siglo 21 o de mutilar a una niña por el bien de la conveniencia.

La razón de la controversia es esta: Hace tres años, cuando Ashley empezó a mostrar los signos tempranos de la pubertad, sus padres ordenaron a los doctores que le quitaran el útero, el apéndice y los pechos que aún se estaban desarrollando y entonces tratarla con altas dosis de estrógenos para atrofiar su crecimiento.

En otras palabras, Ashley fue esterilizada y congelada en el tiempo, para permanecer siempre como una niña. Tenía sólo seis años.

Ashley, la hija de dos profesionales del área de Seattle, nunca tuvo muchas esperanzas de una vida normal.

Afectada con una discapacidad grave del cerebro conocida como encefalopatía estática, no puede andar, hablar, mantener la cabeza erguida o incluso tragar comida. Sus padres defendieron que “manteniéndola pequeña” era la mejor forma para mejorar su calidad de vida y no para hacer su vida más conveniente para ellos.

Debido a su pequeño tamaño, dicen los padres, Ashley recibirá más atención de la gente que pueda llevarla encima: “Ashley se desplazará y hará viajes más frecuentemente y se expondrá más veces a actividad y reuniones sociales… en lugar de tumbarse en la cama viendo la televisión todo el día”.

Permaneciendo como una niña, dicen, Ashley tendrá mejores posibilidades de evitar todo desde las llagas de la cama (úlceras de decúbito) hasta las neumonías - y la extirpación del útero significa que nunca tendrá un ciclo menstrual ni un riesgo en desarrollar cáncer uterino.

Debido a que esperaban que Ashley tuviera una talla de pecho grande, dicen que al quitarle los pechos, incluidas las glándulas mamarias productoras de leche (mientras que mantienen los pezones intactos) le evitará más incomodidades mientras evita un crecimiento fibrocístico y el cáncer de mama.

También tenían miedo de que los grandes pechos podrían llevar a Ashley a un riesgo de abuso sexual.

El caso fue aprobado por el comité ético del hospital en 2004, que estaban de acuerdo con eso porque como Ashley nunca podría reproducirse voluntariamente, no estaba siendo sujeta a una esterilización forzada, una forma de limpieza étnica promovida en los años 20 y conocida como eugenesia (fue satirizado en la novela de Scott Fitzgerald, el Gran Gatsby). Sin embargo, el caso de Ashley no fue hecho público y, como resultado, no se hicieron acusaciones legales.

Los doctores de Ashley, Daniel Gunther y Douglas Diekema, escribieron en el artículo de Octubre en los Archivos de Pediatría y Medicina Adolescente que el tratamiento “eliminaría uno de los mayores obstáculos para el cuidado familiar y podría extender el tiempo que los padres cuidasen a la niña en casa con la habilidad, recursos e inclinación dedicados para ello.”

El artículo inspiró cientos de relatos en internet: Muchos de apoyo, otros furiosos. “Encuentro esto ofensivo, por no decir perverso” se lee en uno. “Verdaderamente, un hito en nuestra sociedad centrada en la conveniencia”

Fueron los comentarios críticos que finalmente provocaron a los padres de Ashley a responder.

Mientras se mantenía anónimo, posteó un notable artículo en el blog con 9000 palabras a las 11 P.M del día de Año Nuevo, justificando su decisión.

El artículo incluye enlaces a fotografías de Ashley, en las que las caras de otros miembros de la familia, incluyendo la hermana pequeña de Ashley y su hermano, han sido borrados. “Algunas preguntas sobre cómo Dios vería este tratamiento”, escribe “El Dios que conocemos quiere que Ashley tenga una buena calidad de vida y quiere que sus padres sean concienzudos en el uso de cada recurso a su disposición…. para maximizar su calidad de vida”.

El padre de Ashley continuó describiendo como se espera que su altura se mantenga en 1´3 metros y su peso en 34 kg. Sin el tratamiento, se habría convertido en una mujer de peso y altura normales, con una esperanza de vida normal.

La profesión médica está dividida. “Creo que la mayoría de personas, cuando oyen esto, dirían que simplemente está mal” escribió Jeffrey Brosco, de la universidad de Miami en una editorial. “Pero es una historia complicada… la terapia de estrógenos a altas dosis para evitar los centros de acogida simplemente crea una nueva dura decisión a las que se enfrentan los padres.

“Si nosotros, como sociedad, queremos revisar la naturaleza del horroroso apuro al que se enfrentan estos padres, entonces lo que se está pidiendo son más fondos para servicios de acogida y no para medicación.

George Dvorsky, director del Instituto de Ética y Tecnologías Emergentes, contestó: “Si la preocupación tiene algo que ver con la violación de la dignidad de la niña, entonces tengo que protestar argumentando que la niña carece de capacidad cognictiva para experimentar cualquier sentido de indignididad.”

(La útima afirmación da miedo ya sólo por lo falaz.)

Si quieren conocer más extensamente los detalles, el blog de los padres de Ashley se encuentra aquí:

Blog

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