El peligroso comodín del «uso compasivo»: una puerta abierta a las pseudoterapias

Colaboración con eldiario.es.

Desinfección ozono

El pasado 11 de agosto saltó a los medios de comunicación que el juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº1 de Castellón permitía, en contra de la voluntad del personal sanitario del Hospital de la Plana, aplicar ozonoterapia a un paciente con neumonía grave por la COVID-19. La familia había solicitado días antes la administración de este gas ante la falta de respuesta del afectado al tratamiento convencional, ingresado desde mediados de julio. Una petición que fue denegada en su momento por los médicos de dicho centro. Sin embargo, el juzgado estableció, como medida cautelar, la autorización con carácter de urgencia de la ozonoterapia como tratamiento compasivo. Finalmente, este tratamiento sin respaldo científico se aplicó en el Hospital de la Plana por un médico externo especializado en esta terapia sin evidencia científica.

La decisión judicial se ha encontrado con la firme oposición de múltiples profesionales sanitarios y sociedades médicas. Entre ellos,  la Sociedad Valenciana de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias ha publicado un comunicado en el que expresan: «El uso de ozono en estos momentos no se contempla como una alternativa segura y eficaz en los pacientes críticos afectos de COVID 19. Los estudios publicados con la utilización de este «biocida» son estudios de bajo impacto científico y en ningún caso con enfermos en estado crítico».

A su vez, la junta del Hospital Universitario de la Plana manifiesta su «repulsa a que se autorice personal ajeno al Sistema Nacional de Salud actuar en hospitales públicos, administrando terapias no autorizadas por la Agencia Española del Medicamento y en contra del criterio clínico del personal del servicio responsable de la atención al paciente. Consideramos que la inmisión de personas externas en centros públicos actuando en contra del criterio clínico del personal del centro supone una grave interferencia en el normal funcionamiento del sistema sanitario y una grave afectación del interés general a disponer de una sanidad pública segura y eficaz».

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